La columna de Jennifer Peris. Qüestió de dret.

Wooden judge's gavel and one hundred euro banknotes

PENSIÓN COMPENSATORIA. ¿CUÁNDO LA HAY EN UN DIVORCIO?

¿Qué es la pensión compensatoria? Es una cantidad de dinero, que bien puede establecerse como pago único o en pagos mensuales. Se le concede al cónyuge que sufre un perjuicio económico con el divorcio. Para que nos entendamos, cabe pensar en los matrimonios de hace más de 50 años, en el que el hombre trabajaba fuera del domicilio y la mujer se dedicaba al cuidado del hogar y de los niños. Si esa relación llegaba a su fin, el hombre seguía teniendo su trabajo, su casa y podía seguir viviendo, pero la mujer se quedaba desamparada porque su único flujo de dinero era el sueldo del marido, ya que su función en el matrimonio era el cuidado del hogar. Actualmente también hay relaciones que o bien el hombre, o bien la mujer, se dedican al cuidado del hogar y de los niños, mientras la otra parte en el matrimonio se dedica a su carrera profesional. Esta situación, si se rompe el vínculo, debe compensarse, y ahí es donde entra la pensión compensatoria.

¿De qué cantidad es la pensión compensatoria y cuanto tiempo puede durar? Esto depende de muchos factores: La duración del matrimonio, el sueldo que perciba la parte no beneficiaria, la edad a la fecha del divorcio, sus estudios… Esto porque todo ello va a determinar las oportunidades que ha perdido la parte con el matrimonio y las posibilidades que tiene tras el divorcio de incorporarse al mundo laboral. El sueldo evidentemente, determinará la cantidad, pues no es lo mismo quien perciba 7.000€ mensuales, que quien perciba 1.000€. Por ello, podemos encontrar tanto pensiones compensatorias de 150€/mes durante un año, hasta pensiones de 1000€/mes vitalicias.

¿Siempre cabe la pensión compensatoria? No, evidentemente. Si el divorcio se tramita por el procedimiento de Mutuo Acuerdo (es decir, que las partes llegan a un acuerdo), se puede pactar una pensión compensatoria, pero cuando estamos ante un procedimiento contencioso nuestros tribunales tienen sus criterios para establecerlas, los cuales han ido cambiando y matizando a lo largo de los años. Debemos atender a la duración del matrimonio, el régimen económico, la perdida de oportunidad, la edad…

Por ello, y dado que la pensión compensatoria depende mucho del supuesto concreto, siempre es importante consultar su caso con un profesional que le asesore de las posibilidades.

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